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Programa de Calidad de MedicamentosSr. BENEFICIARIO:
A partir del 1 de
Septiembre entrará en vigencia el Programa
de Calidad en Medicamentos que apunta
fundamentalmente al uso racional de los fármacos. Esto significa recurrir
a medicamentos de eficacia probada, seguridad conocida y costo accesible. El Servicio de Salud Solidario se encuentra en déficit económico
fundamentalmente por el aumento que presentaron los medicamentos. En el
transcurso del año 2001 estos representaron el 32.52% del gasto total
superando a las internaciones (23.71%) y los honorarios médicos con prácticas
ambulatorias (21.77%). Durante el año 2002 los medicamentos significan
el 53.68% del gasto total del Servicio de Salud significando un costo
per cápita aproximado de $ 25.00 mensuales, siendo la media nacional de
los principales sistemas de medicina pre-paga alrededor de los $ 10.00.
La continuidad del Servicio de Salud depende de manera central del uso
racional de los medicamentos. La Organización Mundial de la Salud (O.M.S.), la Asamblea Mundial de la Salud y en consonancia el Ministerio de Salud de la Nación promueven mediante la legislación vigente en la Provincia de Córdoba (ley n° 9010) la utilización de recetas por el nombre genérico de los medicamentos (monodrogas y asociaciones) que garanticen la accesibilidad y calidad de los medicamentos esenciales en el marco de la Emergencia Sanitaria. Por
lo expresado, se implementará a partir de Septiembre el Vademécum del
Servicio de Salud Solidario de la Caja de Abogados. El mismo implicará
descuentos que van del 50 al 100% según el medicamento prescrito, que
podrá ser consultado por el afiliado o el profesional de salud en nuestra
página web en internet (www.caja-abogados-cba.com.ar).
La confección del mismo se realizó
considerando la conducta prescriptiva de nuestros prestadores,
los hábitos de consumo, las farmacias bajo convenio y las necesidades
médicas de nuestros afiliados. Como
beneficiario del Programa de Calidad
en Medicamentos Ud. retirará
las recetas que necesite donde constarán sus datos personales; en la misma
prescribirán los profesionales de la salud y serán presentadas en las
farmacias adheridas por convenio para obtener los beneficios correspondientes.
La receta tendrá 60 días de validez a partir de la entrega, 10 días de
vigencia desde la prescripción médica y contendrá un medicamento del cual
podrá recetarse hasta 2 (dos)
envases grandes y en caso de inyectables hasta 5 (cinco) unidades. El
beneficiario del Servicio podrá consumir el medicamento que desee y el
profesional tratante recetará según las normas internacionales de prescripción
(nombre genérico o D.C.I. denominación común internacional) esa receta
tendrá un porcentaje progresivamente mayor de descuento según el medicamento
este dentro del Vademécum y el tipo de patología a tratar. Los
casos de excepción serán analizados por la auditoría farmacológica para
que todos los beneficiarios accedan al medicamento que justificadamente
requieran (Ficha de Excepción).
El Vademécum a implementar tiene como principales objetivos garantizar la calidad del medicamento y la accesibilidad al mismo por parte de los beneficiarios. Si su medico considera que necesita utilizar un medicamento que no se encuentra en el vademecum por favor acerquele la presente FICHA DE EXCEPCION para ser completada y remitida al Servicio Medico para su análisis y/o posterior aprobación. Un
control en la racionalidad del uso del medicamento permitirá la continuidad
del Servicio de Salud y probablemente evitar futuros incrementos en la
cuota. Ante
cualquier duda o aporte que Ud. desee realizar comuníquese con el Servicio
Médico (carlospresman@caja-abogados-cba.com.ar). Sin otro particular le saludamos muy Atte.
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